Esta semana continuamos con el bloque dirigido a la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres. En esta ocasión queremos resaltar el estudio realizado por RED 2, RED CONSULTORES SL y coordinado por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género titulado “Violencia Económica contra las mujeres en sus relaciones de pareja o expareja”.
Y es que debemos tener en cuenta que de acuerdo al Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y violencia doméstica (Convenio de Estambul)2014, en su artículo 3/a se establece que:
“Por “violencia contra la mujer” se deberá entender una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y se designarán todos los actos de violencia basados en el género que implican o pueden implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada”.
Es así que partiendo de esta definición debemos tener en cuenta que la violencia económica se define a efectos de esta investigación, y aunque no hay todavía una definición plenamente consensuada como “Una forma de violencia de género que se ejerce con la intención de impedir o controlar el acceso de la víctima o superviviente a recursos económicos -como son la renta o ganancias, los ahorros o las propiedades- y/o determinar o afectar su gestión, de modo que cause un daño o perjuicio a la víctima (en el presente y/o en el futuro)”.
Cabe señalar que según la Macroencuesta de 2019 de Violencia contra la Mujer publicada por el Ministerio de Igualdad, un 11,5% de mujeres en España habían sufrido violencia económica en algún momento de su vida.
Y, aunque la normativa en nuestro país contempla legislativamente la violencia económica como una de las formas de violencia contra las mujeres, no se ha desarrollado ninguna ley, protocolo u otro instrumento específico que permita definir a las víctimas de violencia económica como tales, relegando así sus consecuencias a un segundo plano.
Por todo ello, hoy presentamos esta investigación que pretende poner la atención en este tipo de violencia. Un estudio que pretende dar visibilidad a esta problemática social que ha sido reclamada desde varios ámbitos, tanto teórico-académicos, como desde la intervención directa con las víctimas.
¿Cuál ha sido el objeto de este estudio?
Este estudio que se encuadra dentro de la Estrategia Estatal para combatir las Violencias Machistas (2022-2025), en su medida 56, tiene como objetivo prioritario investigar la violencia económica explorando sus causas, características y consecuencias, para lograr un conocimiento más profundo y amplio sobre la misma.
Con ello, la investigación pretende hacerla más visible y facilitar las herramientas que permitan su detección y prevención, contribuyendo así a su erradicación.
¿Qué metodología se ha utilizado?
Se trata de una investigación de carácter exploratorio, que tiene una doble misión. Por un lado, conocer las principales conclusiones que se han alcanzado hasta el momento en torno a la violencia económica contra las mujeres en el ámbito de la pareja/expareja y, por otro, tratar de identificar aquellos aspectos sobre los que existe un conocimiento limitado o hay ámbitos susceptibles de mejora.
Aunque el enfoque metodológico principal ha sido cualitativo, puede considerarse que se ha empleado la triangulación metodológica, dada la naturaleza mixta de los datos y la explotación estadística realizada en la primera parte del estudio. El análisis estadístico de fuentes secundarias ha tenido, por tanto, un peso considerable. No obstante, la recogida y producción de información primaria se fundamenta en las 50 entrevistas en profundidad a mujeres víctimas de VE (en adelante, MVVE), así como en la realización de 2 grupos focales con personas expertas en la temática.
Como parte de la metodología, se ha considerado un enfoque general, transversal en todo el proceso basado en dos elementos principales:
- La transversalidad de la perspectiva de género y del enfoque de derechos humanos.
- La Interseccionalidad, a partir de la consideración de variables socioeconómicas relevantes dentro del análisis cualitativo y cuantitativo.
La investigación ha sido desarrollada en tres fases, que se describen a continuación.
- Primera fase del estudio. Revisión de literatura
- Segunda fase del estudio. Producción de información primaria mediante trabajo de campo bajo el enfoque cualitativo de análisis de la realidad social.
- Tercera fase del estudio. Análisis de los datos obtenidos en el trabajo de campo y la interrelación de la información del conjunto del estudio.
¿Cuáles son las principales conclusiones?
Entre los resultados obtenidos en esta investigación destacan los siguientes:
1.- El planteamiento diagnóstico de partida, a partir de la revisión de las principales investigaciones existentes ha permitido identificar los marcos conceptuales de la Violencia económica y ciertos hallazgos respecto a sus formas de manifestación.
2.- Se han descrito cuáles son las normativas que enfrentan esta violencia en el contexto nacional e internacional y que podrían servir de referencia para nuevos avances normativos en España.
3.- Se han podido identificar cuáles serían las señales de alerta ante la Violencia Económica. También las posibilidades de atención por parte de profesionales de diversos ámbitos, y otras necesidades a atender de forma urgente, aparte de recoger propuestas de intervención, de formación, de sensibilización o de divulgación que se han trasladado al capítulo de recomendaciones.
4.- Se ha recopilado una amplia casuística de consecuencias de la Violencia Económica en efectos sobre la salud mental, la salud física, sobre los hijos e hijas y en la situación económica de las víctimas.
¿Qué recomendaciones ofrece?
El estudio ha generado distintas propuestas en cuanto al abordaje de la violencia económica, que se han dirigido a diferentes ámbitos:
- Propuestas para la mejora legislativa. Destacan entre otras medidas:
1. Promover la protección legislativa efectiva, tanto a nivel autonómico como a nivel nacional.
2. Obtener el compromiso político de impulsar la iniciativa legislativa judicial de modificación del artículo 4.2 del Código Penal, el 22 de julio de 2021.
- Propuestas dirigidas a la práctica profesional. En general, el conjunto de propuestas que se dirigen a la atención a las Mujeres Víctimas de la Violencia Económica y sus hijos e hijas se corresponderían a una estrategia con tres componentes: visibilizar la Violencia Económica ante la sociedad, formar a profesionales y potenciar la prevención.
- Impulso a medidas de tipo preventivo. Los resultados de esta investigación han señalado la importancia de desarrollar actuaciones de sensibilización para dar visibilidad al problema y de prevención mediante la mejora de la información y de la concienciación. Entre ellas destacan:
1. Actuaciones dirigidas al conjunto de la ciudadanía: Campañas para favorecer la igualdad en el ámbito económico y aclarar conceptos.
2. Actuaciones dirigidas a mujeres para evitar la normalización de la VE y mejorar la toma de conciencia lo antes posible.
Para concluir, queremos destacar que si se quiere obtener una mayor información sobre este informe pueden acceder al mismo a través del enlace: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/wp-content/uploads/Violencia_economica_pareja_expareja.pdf
Finalizamos este espacio semanal invitándoles a la reflexión, destacando las palabras de una participante en esta investigación, que a través de su testimonio ha manifestado:
“ Y entonces me decía él ¿dónde vas a ir? si yo tengo el dinero, tengo el poder”
Cerramos este post semanal recordando que desde el Negociado de Igualdad y Diversidad del Ayuntamiento de Adeje, a través del proyecto #AdejeIgualdad comunica, en colaboración con la Asociación Factoría Social y, financiado a cargo de los créditos del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Igualdad, expone este tipo de proyectos con la finalidad de continuar trabajando e informando sobre órganos, instituciones y proyectos que promueven la igualdad de oportunidades para ambos sexos desde la in.novación. Teniendo siempre presente que la finalidad es seguir promoviendo una IGUALDAD REAL entre mujeres y hombres.