TEMPORADA 2024-2025
NORMAS GENERALES DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES.
1. Para realizar la inscripción en alguna de nuestras modalidades deportivas a un MENOR DE EDAD, será OBLIGATORIO si no acude físicamente el padre/madre/tutor legal, que la persona/familiar que acuda en representación de éstos, aporte una autorización firmada por uno de los dos progenitores, junto con una copia del DNI/NIE/PASAPORTE del mismo.
2. La asistencia a las clases de las actividades municipales será obligatoria, salvo causa justificada. Las faltas se pueden justificar a través del monitor o telefónicamente a través del siguiente número de teléfono: 922756200 – Ext. 6009 / 6012.
3. En caso de que ocurra algún accidente o lesión deportiva de un alumno/a, el padre/madre/tutor deberá solicitar al monitor responsable de la actividad, un parte del seguro contratado por el Área de Deportes del Ayuntamiento de Adeje. El procedimiento siempre será acudir a urgencias del USP Hospital Quirón Costa Adeje, nunca se deberá asistir centros pertenecientes a la Seguridad Social, debido a que esta entidad NO se hace cargo de los accidentes deportivos. Por lo tanto, la factura generada por la Seguridad Social será de cargo y cuenta del padre/madre/tutor o alumno. (En caso de duda ante un problema es conveniente disponer en todo momento del teléfono de su monitor).
4. Si ocurriera alguna incidencia durante las clases, tanto padres como alumnos, pueden solicitar una tutoría con el monitor correspondiente. Esta tutoría se establecerá siempre fuera del horario de entrenamiento y deberá solicitarla a través del monitor o telefónicamente al siguiente número de teléfono: 922756200 – Ext. 6009 / 6012.
5. El monitor llevará un control semanal de la asistencia de los alumnos. En caso de faltar tres (3) sesiones durante un mes sin causa justificada, puede ser motivo de baja de la escuela municipal a la que pertenezca.
6. El Ayuntamiento de Adeje se exime de toda responsabilidad por pérdida, extravío o sustracción de prendas u objetos personales, tanto dentro de las instalaciones municipales como de los servicios anexos, aún hayan sido depositados en los aseos o vestuarios.
7. Las faltas de respeto por parte del alumno o los padres en el caso de alumnos menores de edad, a un monitor o compañeros, serán puestas en conocimiento de la dirección de la Escuela Municipal a la que pertenezca, tomando las medidas disciplinarias oportunas.
8. Será indispensable la puntualidad a las sesiones establecidas, tanto a la hora de llegada como a la hora de recogida de los menores de edad. Si se llega tarde a clase sin ninguna justificación no podrá asistir ese día.
En el caso de que tanto los padres como las personas autorizadas en las matrículas para recoger a los alumnos, no puedan recoger a los menores, los padres deberán realizar una copia de su DNI/NIE/Pasaporte junta a una autorización por escrito y firmada con el nombre, apellidos, DNI/NIE/Pasaporte y teléfono, de la persona responsable de retirar al menor de edad de la instalación municipal. En caso de no comparecer las personas anteriormente citadas a la recogida del menor al finalizar el horario de clase, se procederá a llamar a los teléfonos facilitados en la matrícula como en la autorización paterna/materna/tutor legal de recogida. En el caso de no contestar a ningún teléfono facilitado, en el plazo de 20 minutos, se procederá a llamar a la Policía Local e informar sobre la situación que se presenta, actuando los mismos según sus directivas correspondientes.
9. Hacer buen uso de las instalaciones y material de la escuela municipal a la que pertenezca.
10. Favorecer el cumplimiento de los objetivos y funciones de la escuela municipal, cumplimentando la inscripción y abonando las cantidades aprobadas en ordenanzas municipales en los periodos establecidos para ello. El impago de la cuota, así como el pago de éstas fuera del plazo establecido, no implica la reserva u obtención de la plaza de la actividad solicitada.
11. Existe un estudio sobre la situación económica familiar para optar a un porcentaje de descuento sobre las cuotas de las escuelas municipales. El detalle de este estudio se encuentra en las ordenanzas municipales, en el siguiente enlace puede obtener más información: http://www.recaudacionadeje.org/n_servicios/VerOrdenanza.php?fichero=./ordenanzas/xml/ActDepCulOcio_2017.xml
En el momento de realizar la matrícula se deberá solicitar la documentación para tramitar dicha bonificación. La documentación a aportar para este estudio se deberá entregar en el plazo máximo de una semana a contar desde el momento de realizar la matrícula. En caso de obtener un resultado positivo no implicará la misma deducción sobre campañas deportivas posteriores. Si no se presenta la documentación en la semana posterior a la solicitud de la plaza, se perderá automáticamente la reserva de la plaza en la actividad municipal, no existiendo obligación por parte del área responsable de la actividad, de la reincorporación a la misma.
12. El Área responsable de la actividad municipal se reserva el derecho a suspender aquellas actividades que no alcancen un número mínimo de inscripciones. Asimismo, se reserva el derecho de formar los grupos en función a los criterios establecidos por dicha área, modificar los días, horas, lugares y monitores inicialmente asignados a las diferentes modalidades y grupos en orden a la mejora general de la misma, la apertura de nuevas instalaciones, acometer reformas, de establecer el límite de usuarios por grupo, etc.
13. Es importante, en el caso de todos aquellos alumnos que pertenezcan a los distintos grupos de competición federada, se informen al inicio de la temporada sobre los trámites a llevar a cabo para la obtención de la correspondiente licencia federativa, ya que de no hacerlo el niño/a no podrá competir.
14. Para poder acceder a la inscripción en una modalidad, el/la alumno/a deberá cumplir o tener la edad establecida para la actividad solicitada, antes del 31 de diciembre del comienzo del curso deportivo.
15. Las responsabilidades de distinta índole que pudieran derivarse de la falsedad en la documentación entregada en el proceso de matriculación son exclusivas del usuario/a o padres/madres/tutor legal en caso de menor de edad.
16. Si un usuario/a o el padre/madre/tutor legal de un usuario quisiera cursar baja en la actividad deportiva, deberán acudir a la oficina de atención al público situada en el Pabellón Las Torres, para cumplimentar y firmar la plantilla correspondiente.
17. No se podrá asistir a la sesión con familiares, amigos y/o mascotas para un buen desarrollo de la actividad. Asimismo, les recordamos que las normas de las instalaciones municipales no permiten comer ni beber bebidas alcohólicas y/o refrescos en las aulas.
18. Según la Ley 42/2010, 30 de diciembre 2010, queda totalmente prohibido fumar dentro de las instalaciones deportivas municipales (campos y pabellones) y alrededores, asimismo como traer e ingerir bebidas alcohólicas.
19. El servicio/actividad deportiva, en cuanto al pago y gestión del mismo se refiere, se regula por el precio público por la prestación de servicios y realización de actividades relacionadas con el deporte, la cultura y el ocio en general aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Adeje el 1 de abril de 2016 y sus posteriores modificaciones.
https://www.recaudacionadeje.org/n_servicios/VerOrdenanza.php?fichero=./ordenanzas/xml/ActDepCulOcio_2023.xml